Este artículo es para entender cómo funciona la facturación electrónica en el país, qué es exactamente un punto de venta, y de qué depende que tengas que emitir una factura A, B o C cuando le vendés a alguien.

Qué es un punto de venta y cómo se da de alta

Cuando uno arranca con una actividad económica y se inscribe, se encuentra con un montón de términos nuevos que se prestan a confusión. Uno de los más comunes es creer que el «punto de venta» es el local físico donde atendés, o que el cliente tiene la potestad de elegir qué tipo de factura quiere recibir. La realidad es bastante distinta, y entender el orden de las cosas evita dolores de cabeza con los comprobantes y con los canales oficiales.

Lo primero que hay que desterrar es la idea de que el punto de venta es la sucursal, el negocio a la calle o la oficina. En el sistema fiscal, el punto de venta es simplemente un código numérico (por lo general de 4 o 5 dígitos) que le indica al sistema informático por dónde estás emitiendo tus comprobantes.

Cada método de emisión que uses necesita su propio punto de venta diferenciado. Por ejemplo, si usás la web oficial con la computadora, tenés que dar de alta un número específico para eso; si además vas a usar una aplicación en el celular, vas a necesitar otro; y si tuvieras un controlador fiscal en un mostrador, usaría otro distinto.

Para poder crear este código, vas a necesitar ingresar con tu clave fiscal (que en el caso de los monotributistas pide un nivel 3 de seguridad). Las pantallas y los caminos dentro del portal pueden variar con el tiempo según las actualizaciones tecnológicas —recordá que la pantalla del día siempre manda—, pero por lo general el trámite se realiza ingresando a la Administración de puntos de venta o mediante el Registro Único Tributario. Lo importante es que este paso es obligatorio y previo a la emisión de cualquier comprobante electrónico.

Como resguardo ante contingencias técnicas o cortes de luz, las normas prevén contar con un talonario de factura manual autorizado por imprenta con su respectivo código de imprenta, pero esto es una alternativa de emergencia y no reemplaza a la factura electrónica del día a día.

Cómo se define la letra del comprobante: A, B, C o E

La letra del comprobante no la elige el cliente según su conveniencia ni se puede negociar. La letra la fija estrictamente el régimen fiscal del emisor y, en el caso de que seas responsable inscripto, también depende de la categoría de la persona o empresa que te compra.

Si estás en el Régimen Simplificado (Monotributo)

Si sos monotributista, la regla general es muy sencilla: siempre emitís comprobantes clase C, sin importar si le vendés a un consumidor final, a otro monotributista, a una empresa grande o a un responsable inscripto.

Muchos creen erróneamente que un cliente responsable inscripto puede exigirte una factura A o B. Esto no es así: el cliente RI no puede exigirte otra cosa que la factura C. Salvo que realices operaciones de exportación —donde corresponde la letra E—, tu herramienta cotidiana será el Comprobantes en línea o el Facturador oficial.

Si sos Responsable Inscripto en IVA

Si tu situación fiscal es la de responsable inscripto, la letra cambia según a quién le vendas:

  • Factura A: se emite cuando le vendés a otro responsable inscripto o a un sujeto adherido al monotributo. Ojo acá con un detalle clave vigente desde julio de 2021: cuando le emitís una factura A a un monotributista, el comprobante debe llevar una leyenda específica que aclara que el IVA discriminado solo puede computarse a efectos de los regímenes correspondientes, ya que ese IVA no constituye un crédito fiscal cotidiano para el monotributo.
  • Factura B: se emite cuando la operación se realiza con consumidores finales, sujetos exentos, no responsables o personas que no están categorizadas.

Qué pasa cuando te equivocás o perdés un comprobante

Un error muy frecuente al principio es pensar que un comprobante electrónico autorizado con su código CAE se puede borrar, tachar o editar como si fuera un documento de texto común.

Una vez que el comprobante electrónico está emitido y tiene su código de autorización, no se borra. Si cargaste mal un dato, un importe o el CUIT del receptor, la forma correcta de solucionarlo no es la eliminación, sino emitir una nota de crédito o de débito complementaria desde el mismo sistema oficial para ajustar la diferencia.

Si por algún motivo perdiste el archivo PDF o necesitás volver a dárselo a un cliente, tampoco hay que entrar en pánico: podés ingresar a la sección de consultas del canal oficial con tu clave fiscal y reimprimir todas las veces que lo necesites. Asimismo, tanto vos como tus clientes pueden verificar la validez de cualquier documento utilizando la herramienta pública de constatación de comprobantes para chequear que la autorización sea legítima.

Si querés profundizar el encuadre fiscal o el alta previa, podés consultar el mapa de régimeno el alta en ARCA e IIBB.

Esta guía ofrece información general y educativa. Las reglas tributarias y las pantallas de ARCA pueden cambiar: confirmá siempre los datos vigentes en fuentes oficiales o con un profesional.